¿PRODUCES ALIMENTOS O BEBIDAS ENVASADAS?

¿PRODUCES ALIMENTOS O BEBIDAS ENVASADAS?

¿PRODUCES ALIMENTOS O BEBIDAS ENVASADAS? ¡ESTO TE INTERESA!

En México fue aprobado un etiquetado frontal de advertencia de alimentos y bebidas que respalda las recomendaciones internacionales y está basado en evidencia científica independiente. Mientras en el poder legislativo se discutía y se votaba la modificación a la ley, de manera paralela inició el proceso para modificar la NOM-051 sobre etiquetado de alimentos y bebidas donde estarían definidos los lineamientos para la aplicación de dicha ley. El proceso concluyó el 27 de marzo del 2020 con la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (NOM-051) sobre el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, que entró en vigor el 1 de Octubre del 2020

Este cambio se realizó para que las y los consumidores mexicanos contemos con un etiquetado claro, fácil de entender y que realmente nos informe sobre qué estamos consumiendo. El etiquetado frontal de advertencia es una herramienta clave para garantizar el derecho a la salud y a la información de la población, ya que permite tomar elecciones más saludables contribuyendo a la prevención de obesidad y enfermedades crónicas y al fortalecimiento del sistema inmunológico.

ETIQUETADO DE ADVERTENCIA NOM-051

  1. Permite identificar los productos con exceso de azúcares, grasas, sodio y calorías.
  2. Facilita la selección de productos más saludables y menos procesados.
  3. Contribuye a prevenir la obesidad y las enfermedades crónicas, promoviendo una dieta más saludable que fortalece el sistema inmunológico.
  4. Garantiza el derecho a la información, a la salud y a la alimentación para toda la población, incluyendo a las y los niños, a la población vulnerable y a la de abajo nivel educativo.

EN QUÉ CONSISTE EL ETIQUETADO DE ADVERTENCIA

Su objetivo es brindar al consumidor información comercial y sanitaria sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan un riesgo para la salud en los productos preenvasados, por medio de un etiquetado claro, veraz y fácil de entender.

El etiquetado consta de 5 sellos de advertencia cuando un producto tenga:

  • Exceso de calorías.
  • Exceso de Sodio.
  • Exceso de Grasas trans.
  • Exceso de Azúcares.
  • Exceso de Grasas saturadas.

Y 2 leyendas precautorias para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que superen límites establecidos de ingredientes críticos para la salud:

  • Contiene edulcorantes, no recomendable en niños.
  • Contiene cafeína, evitar en niños

CAMBIOS DEL ETIQUETADO DE ADVERTENCIA

Antes:

  • Tabla nutrimental.
  • Guías Diarias de Alimentación (GDA): Etiquetado implementado desde 2014 de forma obligatoria. Su interpretación requiere conocimientos de nutrición.
  • Declaraciones Nutrimentales: Se colocaba en un lugar y tamaño llamativo.
  • Avales: Los productos con exceso de azúcares, sodio, grasas o calorías podían ser avalados por asociaciones médicas.

Ahora:

  • Tabla nutrimental: Se puede conocer cuál es la cantidad de azúcares añadidos. Asimismo, el contenido nutrimental se reporta en porciones de 100g o 100ml, para facilitar la comparación entre productos.
  • Lista de ingredientes: Se mantiene y se agruparán todas las fuentes de azúcares que contengan los productos.
  • Declaraciones nutrimentales: Se regula la proporción del tamaño que indica las declaraciones nutrimentales.
  • Regula el uso de avales: Si un producto contiene sellos de advertencia no puede contar con el respaldo de asociaciones médicas.
  • Elementos persuasivos: No pueden contener ninguna estrategia publicitaria, como el uso de personajes, dibujos animados en el empaque.
  • Sellos y Leyenda: La norma estipula que los productos que contengan uno o más sellos de advertencia así como leyendas precautorias.

FASE APLICACIÓN DE LA NOM-051