ETIQUETADO NUTRICIONAL

ETIQUETADO NUTRICIONAL

ETIQUETADO NUTRICIONAL

El etiquetado nutricional es una estrategia didáctica para ofrecer a los consumidores información de los productos que consumen. Además puede ser una herramienta didáctica para la toma de decisiones para el consumidor pero también para su rastreabilidad para seguir el desplazamiento de un alimento a través de una o varias etapas especificadas de su producción, transformación y distribución. 

Se debe indicar la cantidad de nutrimentos y ofrecer un cotejo al consumidor donde se compare con las necesidades nutricionales diarias de un consumidor medio. El etiquetado nutricional es una herramienta para que los consumidores puedan seleccionar los alimentos de forma responsable e informada. El Reglamento Sanitario de los Alimentos establece la obligatoriedad de colocar información nutricional en todos los rótulos de los productos alimenticios envasados. 

LOS OBJETIVOS DEL ETIQUETADO NUTRICIONAL

  • Aumento de la prevalencia de las enfermedades no transmisibles relacionadas con la dieta, ya que puede tratarse de un instrumento eficaz para ayudar a los consumidores a elegir alimentos saludables.
  • Evitar que los vendedores de alimentos engañen de manera intencionada a los consumidores con información falsa en los envases. El sector pesquero es especialmente vulnerable al fraude, siendo el etiquetado incorrecto malintencionado y la sustitución de especies los tipos de fraudes más habituales.
  • Facilitar el comercio de alimentos ya sea para importación como para exportación.

ETIQUETADO NUTRICIONAL NACIONAL

Todos estos elementos deberán presentarse en el mismo campo visual. Cuando proceda, se podrá incluir una indicación, al lado de la información nutricional. Es toda la información que aparece en la etiqueta en relación con el valor energético y los nutrientes como proteínas, hidrato de carbono, grasas, fibra, sodio, vitaminas y minerales.

La información nutricional obligatoria incluirá lo siguiente y en este orden: 

  • El valor energético. 
  • Cantidades de grasa.
  • Ácidos grasos saturados.
  • Hidratos de carbono.
  • Azúcares, Proteínas y Sal.

De forma voluntaria se podrán añadir en la tabla nutricional la indicación de la cantidad de uno de las siguientes sustancias:

  • Ácidos grasos monoinsaturados.
  • Ácidos grasos poliinsaturados.
  • Polialcoholes.
  • Almidón.
  • Fibra alimentaria.
  • Vitaminas y Minerales.

ETIQUETADO DE ALÉRGENOS

La etiqueta debe indicarse los ingredientes que pueden causar alergias o intolerancias, aparecerán con un tipografía distinta al resto de ingredientes (destacados en negrita, encuadrados, con un tamaño más grande).
Por ejemplo:

CONDICIONES PARA DECLARACIONES NUTRICIONALES 

  1. No deben ser falsas, ambiguas o engañosas.
  2. No han de hacer dudar sobre la adecuación nutricional de otros alimentos. 
  3. No pueden llevar al consumo excesivo de un alimento.
  4. No deben dar a entender que una dieta equilibrada y variada no proporciona cantidades adecuadas de nutrientes.
  5. Nunca pueden referirse a cambios en las funciones corporales que puedan crear alarma en el consumidor.
  6. En bebidas con más de 1,2% vol. de alcohol no podrán figurar declaraciones de propiedades saludables y como declaraciones nutricionales solo podrán nombrar reducción del contenido en alcohol o energía o bien bajos índices de alcohol.
  7. Demostrar presencia/ausencia o menor contenido de un nutriente o sustancia mediante pruebas científicas.
  8. El nutriente/sustancia sobre el que se hace la declaración debe estar en cantidades significativas en el producto final.
  9. El nutriente/sustancia que no está presente o está en cantidad reducida ha de demostrar que produce el efecto declarado mediante pruebas científicas